
La Sala Penal de la Corte Provincial del Guayas negó el recurso de apelación presentado por la defensa del alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, y confirmó la medida de prisión preventiva en su contra dentro del denominado “caso del grillete”.
El tribunal, presidido por el juez Estalin Coronel, resolvió que no se ha justificado la ausencia del dispositivo de vigilancia electrónica, un requisito clave dentro de las medidas judiciales previamente impuestas. Según lo expuesto en audiencia, el procesado tenía la obligación de cumplir estrictamente con este mecanismo de control, dispuesto por autoridad competente.
De acuerdo con criterios establecidos en el Consejo de la Judicatura y en el Código Orgánico Integral Penal, la prisión preventiva se aplica cuando existen riesgos procesales como el incumplimiento de medidas alternativas o la posible evasión de la justicia. En este caso, los magistrados consideraron que dichos riesgos persisten.
Asimismo, el tribunal descartó la posibilidad de sustituir la medida por arresto domiciliario, al no encontrarse condiciones que garanticen el cumplimiento del proceso judicial. La decisión refuerza el criterio de que las disposiciones judiciales deben ser acatadas sin excepción, especialmente en casos de alto interés público.
Con esta resolución, la justicia ecuatoriana ratifica su postura frente al incumplimiento de medidas cautelares y subraya la importancia del respeto al debido proceso y al control judicial.







