La Nueva República

NUEVAS NORMAS REGULAN LOS PERMISOS DE VIAJE AL EXTERIOR PARA MENORES Y ADOLESCENTES EN ECUADOR

Guayaquil, septiembre de 2025 – Desde el 4 de septiembre de 2024, un reglamento emitido por el pleno del Consejo de la Judicatura introduce una serie de medidas más rigurosas en el proceso de autorización para que niños, niñas y adolescentes (NNA) salgan del país. Estas reformas buscan cerrar las brechas legales que en algunos casos permitían irregularidades y exponían a los menores a riesgos como la trata de personas o el tráfico ilícito de migrantes.

¿Qué establece el nuevo reglamento?

Para los padres o tutores:

  • Ahora es obligatorio completar un formulario oficial emitido por la Judicatura, descargable desde el sitio web de la Función Judicial, específicamente en la sección de formularios notariales.

Para los notarios:

  • Deben verificar el formulario, realizar entrevistas con los comparecientes y registrarlas en el Sistema Informático Notarial (SIN).
  • Elaboran un acta notarial en la que se autoriza la salida del menor, e incluyen en ella huellas dactilares, fotografías y otras medidas de autenticación como códigos QR, hologramas o sellos secos.

Además, el acta notarial ahora se remite directamente a las autoridades migratorias, lo que permite verificar y consultar con instancias como la Policía o el Ministerio del Interior en caso de dudas.

Un marco legal más robusto

El reglamento contiene 12 artículos que detallan los pasos y protocolos a seguir. Fue preparado con la participación de diversas instituciones estatales y organizaciones civiles, con el fin de proteger el interés superior del menor y garantizar transparencia y seguridad jurídica en cada autorización.

La medida surgió como respuesta a casos donde “acciones u omisiones” en los procesos permitieron la salida de menores sin el consentimiento debido, lo que generaba riesgos serios para su integridad.

Además, esta norma se apoya en el articulado vigente de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, que ya establece condiciones para la salida del país de menores: viajar con uno o ambos padres, con autorización notarial o judicial, o bajo resolución judicial en casos excepcionales. También exige que la salida quede registrada en el Sistema Nacional Integrado de Información sobre Movilidad Humana, detallando quién acompaña al menor y quién será su tutor en el extranjero.

¿Qué cambia para las familias?

  • Mayor formalidad y seguridad: tanto los padres como los notarios deben cumplir pasos claros, dejando un registro digital y físico rastreable del proceso.
  • Refuerzo institucional: el registro y la verificación con sistemas automatizados como el SIN reducen márgenes de error o manipulación.
  • Prevención efectiva: estas medidas disuaden el uso de permisos falsificados o abusos en el sistema.
  • Protección del menor: al priorizar el interés superior del menor, este marco legal pone su bienestar en el centro de cada trámite.

La implementación de este nuevo reglamento evidencia el compromiso del Estado ecuatoriano por elevar los estándares de protección para sus ciudadanos más jóvenes. Al fortalecer el proceso notarial, implementar medidas biométricas y asegurar un protocolo riguroso, Ecuador se coloca a la vanguardia en la prevención de riesgos y delitos relacionados con la movilidad irregular de menores.