La Nueva República

Corte Constitucional concede hábeas corpus instuctivo por la desaparición forzada del caso Las Malvinas

Caso Las Malvinas: audiencia de juzgamiento a 17 militares se reinstalará el 17 de noviembre
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La Corte Constitucional del Ecuador emitió la sentencia No. 1732-25-EP/26, mediante la cual aceptó una acción extraordinaria de protección presentada contra el fallo de apelación que negó un hábeas corpus interpuesto en favor de Josué, Ismael, Steven y Nehemías, cuatro niños desaparecidos en diciembre de 2024 en Guayaquil.

En su resolución, el máximo tribunal constitucional determinó que las autoridades judiciales vulneraron el derecho al debido proceso, específicamente la garantía de motivación, al no analizar de manera integral la detención denunciada ni responder a los planteamientos presentados por los familiares.

Tras examinar el fondo del caso, los jueces concluyeron que los menores fueron privados de la libertad de forma ilegal, arbitraria e ilegítima por patrullas militares, y que el Estado no proporcionó información inmediata ni convincente sobre su aprehensión ni sobre su paradero. Con base en estos elementos, la Corte declaró que los cuatro niños fueron víctimas de desaparición forzada en el ámbito constitucional.

En la sentencia también se recordó que, incluso en contextos de seguridad o estados de excepción, los derechos a la vida y a la integridad personal no pueden suspenderse, por lo que las actuaciones de los agentes estatales deben ajustarse estrictamente a la Constitución y a los estándares de derechos humanos, especialmente cuando se trata de niñas, niños y adolescentes, quienes gozan de protección reforzada por parte del Estado.

Entre las medidas de reparación integral, el tribunal ordenó la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas públicas que deberá ser efectuado por el comandante de la Fuerza Aérea Ecuatoriana ante las familias de las víctimas y con difusión nacional.

El texto de la disculpa establece el reconocimiento de que el Estado es responsable de la desaparición forzada y posterior muerte de los cuatro niños afrodescendientes, ocurrida la noche del 8 de diciembre de 2024, cuando patrullas militares subordinadas al Ministerio de Defensa del Ecuador los privaron de su libertad, los sustrajeron de la protección de la ley y los dejaron en estado de indefensión. Además, la sentencia dispone medidas simbólicas de reparación, entre ellas la incorporación del caso en el Museo de la Memoria, la recuperación de un espacio público en Guayaquil destinado a niñas, niños y adolescentes y la declaración de un día nacional de conmemoración en memoria de los menores.

La Corte señaló que estas acciones buscan garantizar el derecho a la verdad, preservar la memoria colectiva y fortalecer las garantías de no repetición, sin perjuicio de las investigaciones que continúan en la justicia penal para determinar responsabilidades individuales.

Finalmente, el tribunal subrayó que lo ocurrido con los cuatro niños constituye una de las violaciones más graves del orden constitucional y del sistema internacional de derechos humanos, incompatible con los principios del Estado constitucional de derechos, por lo que el esclarecimiento de la verdad, la reparación a las víctimas y la preservación de la memoria son condiciones esenciales para evitar que hechos similares vuelvan a repetirse.